Bienes y dinero a declarar

Circulación de bienes y dinero

Salida de España

Al viajar al extranjero, no hay límite sobre el dinero o bien los recursos que puedes llevar contigo. Sin embargo, las cantidades en dinero, títulos o bien valores superiores a diez euros por persona han de ser declaradas en la aduana.

Ya antes de viajar, infórmate sobre la reglamentación en vigor para la circulación de recursos y medios de pago en el país de destino.

En el territorio nacional, vas a deber declarar cualquier movimiento en monedas, billetes o bien cualquier otro medio físico o bien electrónico de pago de cantidades iguales o bien superiores a cien euros.

Entrada en España

Hacienda establece un límite de 430 euros para el valor total de los recursos transportados en los equipajes personales desde el como el pasajero deja de estar exento de abonar derechos de importación, Impuesto sobre el Valor Añadido y también impuestos singulares. Este límite se reduce a 150 euros en el caso de los menores de quince años.

Se consideran recursos personales los adquiridos esporádicamente, que se destinen al empleo personal o bien familiar de los viajantes o bien a ser ofrecidos como regalos y que, por su naturaleza y cantidad, no pueda alardearse que sean objeto de una actividad comercial.

Entre estos recursos, no se tiene presente el valor de los fármacos que el viajante necesite para su empleo personal.