Inmigración

Entrada en España

Los extranjeros que pretendan viajar a España van a deber llevar, para acreditar su identidad, de uno de los próximos documentos de viaje:

  • Pasaporte válidamente expedido y en vigor. Los menores de dieciséis años van a poder figurar incluidos en el pasaporte de sus progenitores.
  • Título de viaje, válidamente expedido y en vigor.
  • DNI, cédula de identificación o bien cualquier otro documento en vigor que acredite su identidad y que se considere válido para la entrada en territorio de España, en razón de compromisos internacionales asumidos por España.

El documento de viaje va a deber tener una valía mínima de 3 meses siguientes a la data prevista de salida de territorio Schengen y va a deber haber sido expedido en los diez años precedentes a la data de entrada.

Otros requisitos de entrada

  • Visado en vigor para los nacionales de terceros países incluidos en el listado de países sometidos a la obligación de visado precisarán asimismo un visado en vigor, toda vez que no estén en posesión de un permiso de vivienda válido o bien un visado de larga duración válido expedido por otro Estado miembro de la Unión Europea.
  • Acreditación de medios de tipo económico suficientes para la permanencia en España y el retorno o bien traslado a otro país.
  • Justificación reportaje de los motivos de entrada.
  • Presentación, en su caso, de los certificados sanitarios.
  • No estar sujeto a una prohibición de entrada.
  • No suponer un riesgo para la salud pública, el orden público, la seguridad nacional o bien las relaciones internacionales de España o bien de otros Estados con los que España tenga un acuerdo en tal sentido.
  • Carta de invitación, con información relativa a la existencia de alojamiento cierto a la predisposición del extranjero y a si el alojamiento supone o bien no la cobertura de toda o bien una parte de su conservación.

Puedes preguntar más información sobre todos estos requisitos en la página web del Ministerio del Interior.

Los extranjeros pueden viajar en vuelos nacionales y a los países de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo con el permiso de vivienda o bien el NIE en régimen comunitario.

Visado de tránsito aeroportuario

Se hallan en tránsito aeroportuario aquellos extranjeros habilitados para continuar en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto de España, sin acceder al territorio nacional, a lo largo de las escalas o bien links de vuelos.

Para más información sobre visados de tránsito aeroportuario, consulta la página web del Ministerio de Temas Exteriores y de Colaboración.